San Juan, 12 abr (EFEUSA).- Alrededor de 800 casos de abuso sexual contra menores en Puerto Rico se atienden mensualmente en los hospitales de la isla, reveló el Departamento de Salud (DS), según informó hoy la legisladora Jacqueline Rodríguez, del gobernante Partido Nuevo Progresista.
Ante ello, la legisladora sometió la Resolución de la Cámara 1372, para ordenar a la Comisión de Turismo y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre este grave problema social.
“Los números que reveló el Departamento de Salud son alarmantes y lamentablemente, la incidencia es mayor a las estadísticas oficiales, pues muchas de las agresiones sexuales y abusos de menores no son reportadas o atendidas”, enfatizó Rodríguez en un comunicado de prensa este viernes.
“¿Cómo es posible que en pleno siglo 21 y con tanto que hemos avanzado por mejorar la calidad de vida de nuestros niños, en las salas de emergencias de los hospitales se atienden en promedio unos 800 casos de abuso sexual y que anualmente se radiquen aproximadamente 16.000 querellas de abuso a menores”, cuestionó.
“Esto es inaceptable y debemos evaluar las medidas que el Gobierno ha implementado e identificar iniciativas adicionales para erradicar tal abuso”, abundó la presidenta de la Comisión Especial para la Evaluación del Proceso de Adopción en Puerto Rico y el trato a las Personas de Edad Avanzada.
Según los datos del Centro de Ayuda a Víctimas de Violación, del DS, el 79 % de los casos de abusos sexuales reportados fueron cometidos por familiares de las víctimas.
Igualmente, el 80 % de las querellas por algún tipo de agresión sexual son reportadas por mujeres, mientras que un 35 % de los delitos reportados son por agresión sexual y el 60 % por actos lascivos.
“La isla vive una imbatible violencia sexual que se trata de detener con campañas de concienciación y prevención, pero al parecer no es suficiente”, añadió.
Rodríguez indicó que los Artículos 130 al 137 de la Ley 146-2012, establece penalidades por distintos delitos relacionados a las agresiones sexuales.
Además, el Articulo 88 establece que los siguientes delitos no prescribirán cuando la víctima sea un menor de 18 años de edad, y el acusado sea mayor de esa edad al momento de cometer del delito: incesto, agresión sexual, actos lascivos, trata humana, secuestro agravado, la utilización de un menor para pornografía infantil y el proxenetismo, rufianismo y comercio de personas agravado.